Vicios Ocultos en la Compraventa de Coche Entre Particulares: ¿Qué Puedes Reclamar y en Qué Plazo?

¿Has comprado un coche a un particular y poco después han aparecido averías graves?

Es una situación más común de lo que parece. Si te encuentras ante un vehículo que empieza a fallar a los pocos días o semanas de la compra, es posible que estés ante lo que la ley denomina vicios ocultos.

En este artículo te explicamos de forma clara y con base legal:

  • Qué se considera un vicio oculto.
  • Cuáles son tus derechos como comprador.
  • Cómo reclamar.
  • Y lo más importante: el plazo de 6 meses para actuar.

¿Qué son los vicios ocultos según el Código Civil?

La compraventa entre particulares en España no se rige por la Ley de Defensa de los Consumidores, sino por el Código Civil, concretamente los artículos 1484 a 1490.

El artículo 1484 establece que el vendedor responde por los vicios ocultos que tenga la cosa vendida (en este caso, el coche), si la hacen impropia para el uso al que se destina, o si disminuyen de tal modo ese uso que, de haberlos conocido, el comprador no la habría adquirido o habría ofrecido menos precio.

⚖️ Importante: Aunque el vendedor sea un particular y no un profesional, puede tener responsabilidad legal si el defecto ya existía y no fue advertido.


Los 3 requisitos legales para que un defecto sea considerado un vicio oculto

Para que un defecto sea jurídicamente reclamable como vicio oculto, deben concurrir simultáneamente los siguientes requisitos:

1. Preexistencia

El defecto debe estar presente antes de la venta o entrega del vehículo. No se considera vicio oculto una avería que se produce por un uso posterior o por el desgaste habitual de piezas.

2. Gravedad

Debe tratarse de un defecto grave, que afecte significativamente a la funcionalidad o seguridad del coche. No basta con pequeños fallos estéticos o elementos fácilmente reparables.

3. Carácter oculto

El defecto no debe ser manifiesto ni fácilmente detectable por una persona sin conocimientos mecánicos al momento de revisar el coche antes de la compra.


El plazo legal de 6 meses: un límite estricto

La acción judicial por vicios ocultos debe interponerse dentro de los seis meses siguientes a la entrega del vehículo.

Y aquí viene un matiz jurídico esencial:

⏱️ Se trata de un plazo de caducidad, no de prescripción. Esto significa que no se puede interrumpir con negociaciones, burofaxes o reclamaciones extrajudiciales. La única forma de parar el plazo es presentar la demanda ante el juzgado.

Si se supera ese plazo, se pierde el derecho a ejercitar la acción específica por vicios ocultos, aunque puedan explorarse otras vías legales más complejas (como el incumplimiento contractual o la entrega de cosa distinta —aliud pro alio— con plazo de prescripción de 5 años).


¿Qué acciones puedes ejercitar legalmente?

El Código Civil ofrece dos acciones específicas al comprador afectado:

🔹 Acción redhibitoria

Permite resolver el contrato, devolver el coche y recuperar el dinero pagado. Es la vía adecuada si el defecto es tan grave que impide el uso del vehículo.

🔹 Acción quanti minoris

Permite quedarse con el coche pero reclamar una rebaja proporcional del precio. Normalmente, se calcula en función del coste estimado de la reparación.

Además, si se demuestra que el vendedor conocía el defecto y lo ocultó, cabe reclamar una indemnización adicional por daños y perjuicios (acción por dolo).


Cómo demostrar el vicio oculto: el peso de la prueba

La carga de la prueba recae en el comprador. Esto significa que tú debes demostrar ante el juez:

  • Que el defecto existía antes de la compra.
  • Que es grave.
  • Y que no era manifiesto.

La herramienta fundamental: el informe pericial

Un perito mecánico independiente puede emitir un informe técnico que:

  • Diagnostique la avería.
  • Valore su gravedad.
  • Estime su origen preexistente.
  • Analice si era razonablemente indetectable.
  • Presupueste su reparación.

Este informe es, en la práctica, imprescindible. Sin él, las posibilidades de éxito judicial se reducen drásticamente.


Paso a paso para reclamar correctamente

1. Detección inicial

Acude a un taller de confianza. No autorices ninguna reparación.

2. Contrata a un perito

Solicita una valoración técnica e independiente del defecto.

3. Notifica al vendedor

Envía un burofax con acuse de recibo y certificación de contenido. Incluye:

  • Tus datos y los del vendedor.
  • Identificación del coche.
  • Descripción del defecto.
  • Reclamación legal (saneamiento por vicios ocultos).
  • Exigencia concreta (reparación, rebaja o resolución del contrato).

4. Intenta un acuerdo amistoso

Puedes negociar con base en el informe pericial. Si hay acuerdo, documentadlo por escrito.

5. Demanda judicial (si no hay acuerdo)

Presenta la demanda antes de que finalicen los 6 meses desde la entrega.


Errores frecuentes que te pueden dejar sin derecho

  • Reparar el coche antes de notificar al vendedor y obtener el peritaje.
  • Dejar pasar el plazo de 6 meses.
  • No enviar un burofax.
  • Basarse solo en facturas del taller en lugar de informes técnicos.
  • Firmar cláusulas de renuncia sin asesoramiento.

Costes asociados a una reclamación por vicios ocultos

ConceptoCoste estimado
Informe pericial180 € a 1.000 €
AbogadoSegún tarifa o a éxito
Procurador (si >2.000 €)150 € a 300 €
BurofaxMenor, pero necesario

⚖️ Si ganas el juicio, puedes recuperar todos estos costes si el juez condena en costas al vendedor.


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  • Analizar tu caso.
  • Obtener un informe pericial.
  • Redactar y enviar el burofax.
  • Negociar con el vendedor.
  • Y, si es necesario, presentar la demanda judicial en plazo.

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